Calculadora de Sueldo Real Chile 2026
Cuánto cuesta contratar — y cuánto recibes en la boleta.
⚠️ Cálculo referencial basado en normativa vigente mayo 2026. No reemplaza asesoría contable o legal.
Descuentos Trabajador
Costo Empleador
Retención vigente 2026: 15,25%
Según Ley N° 21.133, la retención sube progresivamente hasta llegar al 17% en 2028.
Proyección ( 12 boletas )
- Impuesto Único 2ª Categoría: Tabla Mayo 2026 (SII).
- Sueldo Mínimo: $539.000 (Dirección del Trabajo, 2026).
- Topes imponibles: AFP/Salud 90,0 UF, Cesantía 135,2 UF (Superintendencia de Pensiones 2026).
- Retención Honorarios: 15,25% (Ley N° 21.133).
- Reforma Previsional: 1% empleador (Ley N° 21.720, vigente ago 2025).
⚠️ Esta calculadora es referencial. Para cálculos con efectos legales, consulta a un contador o abogado laboral.
Preguntas Frecuentes
Aclara tus dudas sobre contratos y honorarios en Chile
El sueldo bruto es el monto total acordado en el contrato antes de cualquier descuento legal. El sueldo líquido es el monto final que recibe el trabajador en su cuenta bancaria, una vez restados los pagos obligatorios de AFP, Fonasa o Isapre, Seguro de Cesantía y eventuales impuestos.
El Impuesto Único de Segunda Categoría es un tributo progresivo que se cobra mensualmente a los trabajadores dependientes cuyas rentas imponibles superan el tramo exento (aprox. $952.938 en mayo 2026). Mientras mayor es el ingreso imponible, mayor es la tasa aplicable.
Además del sueldo bruto del trabajador, el empleador debe asumir "cargas sociales" adicionales: Seguro de Cesantía (2,4% a 3,0%), Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS, 1,54%), Seguro de Accidentes del Trabajo (Mutual, desde 0,93%), y la cotización para la Reforma Previsional (1% vigente en 2026). También debe considerar el costo de la Gratificación Legal.
Es una modalidad donde el empleador paga el 25% de lo devengado en el respectivo período de pago por concepto de remuneraciones, con un tope legal de 4,75 Ingresos Mínimos Mensuales anuales. En 2026, esto equivale a un tope de aproximadamente $213.354 mensuales extras que asume el empleador.
Al trabajador se le descuenta un 10% obligatorio para su cuenta de AFP (más la comisión de administración de la AFP que elija), y un 7% obligatorio para Salud (Fonasa o Isapre). Ambos descuentos se calculan sobre el sueldo imponible con un tope legal mensual de 90 UF.
Es un fondo para proteger al trabajador en caso de quedar sin empleo. En un contrato indefinido, se descuenta un 0,6% al trabajador y la empresa aporta un 2,4%. En contratos a plazo fijo, el empleador paga el 100% de este seguro (3,0%). El cálculo se hace con un tope imponible de 135,2 UF.
El Ingreso Mínimo Mensual en Chile para el año 2026 es de $539.000 para trabajadores mayores de 18 años y de hasta 65 años de edad.
En términos de costos de contratación y liquidación de sueldo, la principal diferencia radica en el pago del Seguro de Cesantía. En un contrato indefinido el costo es compartido (0,6% el trabajador, 2,4% la empresa), mientras que en un contrato a plazo fijo la empresa asume el costo completo (3,0%) y el trabajador no sufre este descuento.
Glosario de Términos
Conceptos clave para entender tu liquidación y costos laborales
Sueldo Bruto
Total de ingresos pactados en el contrato antes de aplicar descuentos previsionales o de salud.
Sueldo Líquido
Dinero final que ingresa al bolsillo del trabajador tras restar todos los descuentos legales (AFP, Salud, Cesantía, Impuesto).
Renta Imponible
Porción del sueldo sobre la cual se calculan los descuentos obligatorios. Tiene un tope legal de 90 UF en 2026.
Base Tributaria
Monto resultante tras restar de la renta imponible los descuentos obligatorios. Sobre este valor se calcula el Impuesto Único.
Impuesto Único (IUSC)
Tributo mensual progresivo para rentas medias y altas en Chile. Se descuenta automáticamente de la liquidación de sueldo.
Gratificación Legal
Parte de las utilidades de la empresa pagadas al trabajador. Frecuentemente se paga como un 25% extra con un tope anual legal.
AFP
Administradora de Fondos de Pensiones. Retiene un 10% obligatorio del sueldo imponible más su comisión por administración.
Seguro de Cesantía
Fondo solidario para el desempleo. Se financia en forma compartida o exclusiva por el empleador según el tipo de contrato.
SIS (Seguro Invalidez)
Costo equivalente al 1,54% de la renta imponible, siempre asumido y pagado en su totalidad por el empleador.
Mutual / ATEP
Seguro de accidentes laborales. Lo financia íntegramente la empresa con una tasa básica del 0,93% más tasas adicionales de riesgo.
Reforma Previsional
Cotización adicional del 1% a cargo del empleador (vigente 2026) para fortalecer el sistema de pensiones solidario.
Tope Imponible
Monto máximo mensual fijado por ley sobre el cual se calculan los descuentos (AFP/Salud 90 UF; Cesantía 135,2 UF).
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